IRÁ A AUDIENCIA DE REMISIÓN A JUICIO LA CAUSA PENAL CONTRA DOS FUNCIONARIOS MUNICIPALES

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Respecto de la causa judicial en la que están imputados los funcionarios Walter Báez y Sergio Leites, quienes dependen del área de Tránsito Municipal, quienes esperaban que la justicia hiciera lugar al perdido de prescripción de la causa por la cual están imputados, la misma no prescribió y sigue su curso, vuelve a su tribunal de origen para que se celebre la audiencia de remisión a juicio.
Cronistas de estas páginas dialogaron con la Dra. Daniela Montangie, fiscal que: “en la causa que se les imputa a dos funcionarios de la Central de Tránsito Municipal, por desobediencia en contexto de violencia laboral, tanto el Ministerio Público Fiscal como la querella, apelaron el sobreseimiento dictado por el vocal de la Sala Penal” el cual “había establecido el sobreseimiento de la misma por prescripción de la causa” no obstante “eso se apeló y se interpuso un recurso de casación en razón de que los dos son funcionarios públicos y la normativa establece la interrupción de la prescripción cuando los agentes tienen carácter de funcionarios públicos”, detalló la fiscal.
En ese mismo diálogo, la letrada referenció que: “Casación dictó una sentencia haciendo lugar al recurso interpuesto por el Ministerio Público Fiscal y la querella” por lo tanto “la causa no prescribió y sigue su curso” por lo tanto “vuelve a su tribunal de origen para que se celebre la audiencia de remisión de causa a juicio del mismo”, no obstante la fiscal recordó que en cuanto a la denunciante “se trata de una inspectora de Tránsito y trabaja bajo las órdenes de la dirección de Tránsito” mientras que “los imputados son funcionarios públicos en la dirección de Tránsito”, puntualizó y recordó que “inspectora de Tránsito hizo una denuncia de violencia laboral, llevada a cabo en el Juzgado Laboral de la Dra. Basigaluppe. Con base en dictámenes testimoniales y dictámenes técnicos, determinó que existía violencia laboral” por lo tanto “en virtud de ello, se dispuso determinadas reglas y normas que debían cumplir a efectos de que se desarrolle de forma normal la relación laboral sin tener que cambiar a la inspectora de Tránsito de sus funciones” con lo cual “se tiende a que una persona que hace una denuncia, no se vea afectada en sus funciones o se la cambie de área” por lo tanto “la jueza estableció una modalidad para que otra persona ejerza la jefatura de esta inspectora” y ante la violación de esa sentencia laboral “es que se produce el delito de desobediencia”, dijo y aclaró que “el delito de desobediencia judicial es el incumplimiento a una norma o una sentencia que no tenga otra posibilidad de ejecución. Por eso se le da el tinte penal y el rango de delito de desobediencia judicial”, señaló y reseñó que “en el marco de la investigación, tanto en el expediente laboral como en el penal, la denunciante ha hablado de situaciones de acoso” con lo cual “el acoso no está tipificado penalmente” por lo tanto “no es un delito independiente, sino que se analiza en el marco de la violencia laboral”, explicó finalmente la fiscal Montagie.

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