La discusión por Ficha Limpia es, en buena medida, verso si antes no discutimos quién controla a la Justicia que decidirá quién tiene la ficha limpia y quién la tiene sucia.
Hoy el debate en el Senado quedó atrapado entre “doble conforme” y “sentencia firme”. El propio impulsor nacional de Ficha Limpia sostiene que exigir sentencia firme convertiría la herramienta prácticamente en nada, mientras el proyecto volvió a comisión justamente por esa discusión.
Pero en Entre Ríos hay una pregunta anterior y bastante más incómoda: ¿qué valor tiene un certificado de Ficha Limpia expedido indirectamente por un sistema judicial que no demuestra la misma eficacia para investigar hacia arriba que para condenar hacia abajo?
El caso de Laura Stratta permite explicarlo sin demasiada teoría.
La Justicia tuvo por acreditado un mecanismo de 319 créditos simulados del programa Jóvenes Emprendedores, por más de $100 millones nominales. Hubo funcionarios condenados por peculado e inhabilitados de por vida. La investigación ubicó esos hechos entre 2018 y 2023 y señaló que, según los períodos, las máximas autoridades ministeriales eran Laura Stratta y Juan José Bahillo. Sin embargo, ninguno de ellos fue considerado responsable, cómplice o conocedor de la maniobra en esa investigación penal.
Entonces Stratta puede tener Ficha Limpia.
Y ése es precisamente el problema.
No estamos afirmando una responsabilidad penal que la Justicia no determinó. Estamos señalando algo distinto: si Ficha Limpia depende exclusivamente del resultado de esa misma Justicia, termina certificando como “limpios” a todos aquellos hasta donde la investigación penal no llegó.
Por eso puede convertirse en una ley perfecta para perejiles o molestos del sistema: el que recibe una condena queda afuera; el dirigente poderoso cuya responsabilidad nunca fue alcanzada judicialmente conserva una ficha impecable.
Lo importante está en la Ley de Ética Pública
Mientras todos miran Ficha Limpia, casi escondida detrás del eslogan aparece una norma muchísimo más importante: el Régimen de Transparencia y Ética Pública.
El proyecto tiene 42 artículos y pretende reglamentar los artículos 37 y 40 de la Constitución entrerriana. No alcanza solamente al Ejecutivo: establece deberes, prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades para personas que se desempeñen en los tres poderes del Estado.
Ahí está la discusión que debería interesarnos.
La norma incorpora declaraciones juradas patrimoniales más completas y públicas; establece un régimen de obsequios destinado, entre otras cosas, a prevenir tráfico de influencias; y fija reglas más claras sobre incompatibilidades y acumulación de responsabilidades públicas.
Su alcance es además mucho más amplio que una candidatura: comprende cargos legislativos, ejecutivos, administrativos y judiciales, órganos de control, entes descentralizados y otras estructuras estatales.
Eso sí toca al poder mientras el poder está funcionando.
Ficha Limpia pregunta después de años de expediente judicial: ¿lo condenaron?
La Ética Pública permite preguntar antes: ¿qué patrimonio tiene?, ¿qué intereses privados mantiene?, ¿es incompatible?, ¿qué beneficios recibe?, ¿qué relación tiene con quienes contratan con el Estado?, ¿qué debe declarar y quién controla esa declaración?
Esa es la diferencia fundamental.
Entre Ríos no necesita que una Justicia sin controles suficientes se convierta en una escribanía moral que entregue certificados de buenos y malos candidatos.
Necesita controlar a los funcionarios, jueces, fiscales, legisladores y gobernantes mientras ejercen el poder.
Por eso la verdadera discusión no debería ser Ficha Limpia.
La discusión seria, profunda y potencialmente peligrosa para la política y para las corporaciones del Estado es la Ley de Ética Pública.
Porque Ficha Limpia puede dejar afuera al condenado.
La Ética Pública puede impedir que el sistema llegue sucio hasta la condena.



















