La Cámara de Casación Penal revocó la condena de cuatro años de prisión impuesta por la Justicia de Concordia al influencer concordiense Domingo Rafael Álvarez, hizo lugar al recurso presentado por su defensa y dispuso su inmediata libertad. El fallo, además, podría tener importantes derivaciones judiciales al ordenar que se investigue la actuación de efectivos policiales que participaron del procedimiento que dio origen a la causa.
La resolución representa un fuerte antecedente judicial, ya que el máximo tribunal revisor concluyó que existieron graves irregularidades en el procedimiento policial, que la acusación carecía de pruebas suficientes para sostener varios de los delitos atribuidos y que la resistencia a la autoridad no podía configurarse frente a un accionar policial considerado ilegítimo.
La decisión fue adoptada por la Cámara de Casación Penal, integrada por los vocales María del Luján Giorgio, Darío Gustavo Perroud y María Evangelina Bruzzo, quienes hicieron lugar al recurso interpuesto por el abogado defensor José Luis Legarreta.
En consecuencia, el tribunal revocó la sentencia dictada el 18 de febrero de 2026 por el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Concordia, absolviendo de culpa y cargo a Domingo Álvarez y ordenando su inmediata libertad.
Uno de los puntos centrales del fallo es el severo cuestionamiento al operativo policial que originó la causa.
Según la Cámara, existían elementos objetivos que indicaban que el patrullero habría encerrado, embestido o desestabilizado la motocicleta en la que circulaba Álvarez para provocar su detención, lo que fue considerado un uso desproporcionado e ilegítimo de la fuerza pública frente a una presunta infracción contravencional.
Los jueces sostuvieron además que, al ser ilegal el procedimiento inicial, quedó afectada toda la investigación posterior, aplicando la denominada doctrina de los «frutos del árbol envenenado», por lo que consideraron inválidas las actuaciones derivadas de ese operativo.
En su voto, la vocal María del Luján Giorgio también concluyó que, aun dejando de lado las irregularidades del procedimiento, no existían pruebas suficientes para sostener la condena por robo, amenazas y resistencia a la autoridad.
El tribunal entendió que no se acreditó debidamente la existencia de los elementos constitutivos de esos delitos y que persistía una duda razonable que debía favorecer al imputado.
Ordenaron investigar a policías
Otro de los aspectos relevantes del fallo es que la Cámara dispuso remitir testimonios al fiscal de turno para que evalúe la posible comisión de delitos por parte de los funcionarios policiales Vargas, Montenegro y Gómez, quienes participaron del procedimiento cuestionado.
Esta decisión abre un nuevo escenario judicial, ya que podrían iniciarse actuaciones para determinar eventuales responsabilidades penales de los efectivos involucrados.
La resolución de Casación no solo dejó sin efecto la condena impuesta contra Domingo Álvarez, sino que además sienta un fuerte antecedente respecto de los límites del accionar policial y del control judicial sobre los procedimientos de detención.
El fallo también podría tener repercusiones en otras investigaciones relacionadas con la actuación de efectivos policiales de Concordia, al cuestionar la legalidad del procedimiento que dio origen a esta causa y ordenar que esos hechos sean investigados por la Justicia.



















